Dispositiva
Por los fundamentos que anteceden, este Tribunal de Control N° 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la ley, hace los pronunciamientos siguientes:
PRIMERO: En cuanto a la calificación de flagrancia este Juzgado de Control N° 02, declara con lugar la aprehensión en Flagrancia solicitada por el Ministerio Público en la aprehensión del ciudadano MUÑOZ MUÑOZ MARIO JOSE, quien en un principio se identificó como ALBEIRO QUINTERO GUILLEN, donde luego de las experticias realizadas por el C.I.C.P.C, se determinó que el primer de los nombres es el verdadero, nacido en fecha 12-09-1983, considerándose el tribunal competente para conocer este caso, en virtud de la declinatoria de competencia del Tribunal de Control N° 02 de la Sección Penal de Adolescentes, por lo que se acuerda la aprehensión en situación de de conformidad con el Art. 248 del Código Orgánico Procesal Pen.....