3. Decisión: Con fuerza en la motivación precedente, este Juzgado de Control N° 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad que le confiere la Ley, hace los siguientes pronunciamientos:
3.1. Admite totalmente la acusación presentada por la Fiscalía Primera del Ministerio Público del Estado Mérida, contra del ciudadano Richard Elvis Aguilar Salazar, quien es venezolano, titular de la cédula de identidad N° 7.249.954, de 42 años, casado, domiciliado en el Conjunto Residencial Santa Ana, Bloque 3, apto. 00-04, Mérida, Estado Mérida, por ser presunto autor del delito de Estafa Agravada Continuada, previsto en el artículo 462 del Código Penal, en relación con el artículo 99, ejusdem, en perjuicio de los ciudadanos Vilma Ibarra Zerpa, María Virginia Meza Alarcón, Ronny Terán La Cruz, Maryelin Altuve Carrero y Marbella Suescum Sulbarán. Asimismo, se admitieron las pruebas ofrecidas por el Mini.....