Dispositiva
Por los fundamentos que anteceden, este Tribunal de Control N° 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la ley, hace los pronunciamientos siguientes:
PRIMERO. Se declara con lugar la Aprehensión en Situación de Flagrancia de los Imputados ELIO RAMON ROJAS PEÑA Y TITO MARIO ROJAS RIVAS, por la presunta comisión del delito de Posesión Ilícita de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, previsto y sancionado en el artículo 36 de la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, por considerar que se encuentran llenos los extremos del artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: En cuanto a la Medida de Coerción Personal el Tribunal decreta en contra de los Imputados Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, conforme al artículo 256 numerales 3 y 4 del Código Orgánico Procesal Penal, consistentes en presentación periódica cada quince .....