DISPOSITIVA
Por las razones que anteceden, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control N° 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley, hace los pronunciamientos siguientes:
PRIMERO: Se declara sin lugar la solicitud de calificación de flagrancia interpuesta por la Fiscalía, decretándose como no Flagrante la aprehensión de los ciudadanos SAUL DÍAZ MOLINA Y ROBERT ALEJANDRO MARQUINA MENDOZA, por no encontrarse llenos los extremos establecidos en el artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal, ya que no fueron detenidos cometiendo el delito, ni luego de persecución y tampoco les fue incautado ni arma que los vincule con el hecho, ni el dinero que les fue sustraído a la víctima. Como consecuencia se decreta la Libertad Plena de los ciudadanos Saul Díaz Molina y Robert Alejandro Marquina Mendoza, para lo cual se ordenó librar las correspondientes boletas de li.....