ESTE TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL N° 03, DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY hace los pronunciamientos siguientes:1. Homologa el acuerdo reparatorio, celebrado entre los ciudadanos ARGENIS GAMBOA VERA Y JORGE ALEXANDER GARNICA REYES, en virtud de que el hecho no ocasionó la muerte ni afectó en forma permanente ni grave la integridad física de la victima ciudadano JORGE ALEXANDER GARNICA REYES, de conformidad con lo previsto en el númeral 2 del artículo 40 del Código Orgánico Procesal Penal, por lo que se declara la extinción de la acción penal en la presente causa, por las lesiones sufridas por la víctima JORGE ALEXANDER GARNICA REYES, por haberse cumplido en su totalidad el acuerdo reparatorio celebrado, conforme a lo establecido en el artículo 48 numeral 6 del Código Orgánico Procesal Penal, y en consecuencia se DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA.....