Dispositiva:
Con fuerza en la motivación precedente, este Tribunal de Control N° 3 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad que le confiere la Ley, declara con lugar la solicitud de desestimación presentada por la abogada Maria Carolina Colombi, Fiscal Décima del Ministerio Público del estado Mérida, de conformidad con el artículo 301 del Código Orgánico Procesal Penal.
Notifíquese a la Fiscal Décima del Ministerio Público, al adolescente Diego Alejandro Marquina Marquina y a su representante legal. Regístrese, publíquese, certifíquese por secretaría copia de esta decisión y corríjase foliatura.
Remítase la presente causa a la Fiscalía Décima del Ministerio Público del estado Mérida, a los fines de su archivo, conforme al artículo 302 del Código Orgánico Procesal Penal. Cúmplase.
La Juez de Control N° 03
Abog. Marianina del Valle Brazón Sosa
El Secretario
Abog. Heriberto P.....