Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control N° 03 del Circuito Judicial Penal de Mérida Estado Mérida, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara con lugar la solicitud interpuesta por el Ministerio Público, y en tal sentido, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, a favor de CALIXTO DE JESÚS CÓRDOVA GUADA, por la comisión del delito de HURTO CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 455 ordinal 1°, del Código Penal, en perjuicio de: JOSE VICENTE TORRES ALBORNOZ, titular de la cédula Nº 2452987, domiciliado en URB. CAMPO DE ORO, BLOQUE 20, APTO 03-01, MÉRIDA ESTADO MÉRIDA, de conformidad con el artículo 318, Ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con los artículos 48, Ordinal 8° y 320 ejusdem, por cuanto se produjo la prescripción de la acción penal, que a su vez constituye una causa de su extinción, por el tran.....