PRIMERO: Se declara Sin Lugar la solicitud de entrega de vehículo solicitada por el ciudadano ROBERTO ANTONIO GARCIA, plenamente identificado en autos, del vehículo MARCA: ENCAVA, MODELO ENT61032AR, SERIAL DE CARROCERÍA 8XL6GC11D2E001224, SERIAL DEL MOTOR: 300502, AÑO 2002, COLOR BLANCO Y MULTICOLOR, TIPO: COLECTIVO, USO TANSPORTE PÚBLICO, CLASE: MINIBUS, SERVICIO URBANO, por cuanto no es competente este Tribunal de Primera Instancia en funciones de control para realizar la entrega, de conformidad con lo previsto en el artículo 57 del Código Orgánico Procesal Pena, debido a que su detención (el vehículo) se realizo en Jurisdicción del Estado Táchira, en fecha 17 de marzo del año 2004, por funcionarios de la Guardia Nacional adscritos al Comando regional N° 01, Destacamento de Fronteras N° 13, Primera Compañía, Tercer Pelotón, quienes se encontraban de servicio en el Punto de Control, Fijo la Tendida, Estado Táchira, previa persecución hasta San Simón, por cuanto el conductor.....