PRIMERO: Se califica la aprehensión en flagrancia del imputado JAVIER ALI VARGAS ROA, por cuanto están llenos los requisitos del artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: Este Tribunal comparte la calificación jurídica dada por el Ministerio Público de POSESIÓN ILÍCITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS Y LESIONES LEVES previsto y sancionado en los artículos 416 y 34 del Código Penal y de la Ley Contra el Trafico Ilícito y consumo de Sustancias Estupefacientes, en perjuicio de CAROLINA BALLEN Y EL ESTADO VENEZOLANO.
TERCERO: Se declara con lugar la solicitud del ciudadano Fiscal de que se decrete el procedimiento ABREVIADO, de conformidad con lo previsto en los artículos 372 y 373 del Código Orgánico Procesal Penal, por lo que se acuerda remitir las actuaciones al Tribunal de Juicio en el lapso legal correspondiente.
CUARTO: Se declara con lugar la solicitud de medida cautelar sustitutiva de la privación preventiva de libertad solicitada h.....