DISPOSITIVA.
Por todas las razones anteriormente expuestas este Tribunal de Control No. 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA: PRIMERO: Califica la Aprehensión en Flagrancia del investigado JESUS GREGORIO SALAS, titular de la cedula de identidad N°. V-16.605.512, por cuanto están llenos los requisitos del artículo 93 encabezamiento de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en concordancia con el articulo 44.1 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela. SEGUNDO: Se acuerda la aplicación del Procedimiento Especial de conformidad con lo previsto en el artículo 94 ejusdem, por lo que se acuerda remitir las actuaciones al Fiscalía del Ministerio Público, en la oportunidad legal correspondiente de conformidad con el articulo 101 de la Ley de Genero. TERCERO: Se precalifican los hechos como: VIOLENCIA FISICA AGRA.....