DISPOSITIVA.
En consecuencia, por todas las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Control No. 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta: Primero: Se declara con lugar la Aprehensión en Flagrancia contra el ciudadano Dairo Hernán Sánchez Arjona de conformidad con lo establecido en los artículo 93 de la Ley de Género en relación con el articulo 44 numeral primero Constitucional. Segundo: Se acuerda la aplicación del procedimiento Especial, de conformidad con lo previsto en el artículo 94 de la Ley de Género y la remisión de las presentes actuaciones a la Fiscalia Vigésima del Ministerio Público a los fines de continuar con la investigación de conformidad con el artículo 101 de la Ley Especial. Tercero. El tribunal mantiene la precalificación jurídica dada en esta audiencia por el Ministerio Público ref.....