Dispositiva:
Con base en las anteriores consideraciones, este Tribunal de Control N° 3 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos:
1) Declara la nulidad absoluta del acto llevado a cabo en la sede de la subcomisaría policial N° 06 de Canaguá estado Mérida, el día veinticuatro de julio de dos mil seis (24.07.2006), cuya acta se encuentra inserta al folio 26 de las actuaciones, de conformidad con el artículo 191 del Código Orgánico Procesal Penal.
2) Se ordena la aplicación del procedimiento ordinario para que se investiguen los hechos en los cuales figura como presunto autor el ciudadano Ángel Alfonso Altuve Hernández, es decir, por la presunta comisión de los delitos de Homicidio Calificado (según criterio del tribunal por motivos fútiles) y Porte Ilícito de Arma Blanca, previstos y sancionados en los artículos 406 numeral 1 y 277 del Código.....