En consecuencia, éste Tribunal de Control No 4 del Circuíto Judicial Penal del Estado Mérida, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, APRUEBA el convenio celebrado entre los ciudadano RUFO ALEXANDER MEDINA PEREIRA Y JAKELINE MERCEDES PERNIA RODRIGUEZ, ya antes identificado, produciendo la extinción de la acción penal como lo consagra el artículo 40, 48 del código orgánico procesal penal, poniendo con ello fín a la averiguación penal iniciada con lo cual además se Decreta el Sobreseimiento de la Causa, tal como lo ordena el ordinal 3ero del artículo 318 del código adjetivo penal, y por cuanto la decision fué tomada en audiencia, no habiendo objección entre las partes comparecientes, se ordena su publicación y luego de la fundamentación el archivo del expediente.