sentido el tribunal en Funciones de Control Nº 4 emite los siguientes pronunciamientos, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley. PRIMERO. Admite en todas y cada una de sus partes la Acusación Fiscal que riela a los folios 37 al 40, de igual forma admite todas las pruebas ofrecidas por el Ministerio Público por considerar que son útiles, pertinentes y necesarias para el esclarecimiento de los hechos en el debate oral y público, de conformidad con lo previsto en el numeral 9 del Artículo 330 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Se homologa el Acuerdo Reparatorio celebrado, entre las partes, por considerar que están satisfechos los extremos de la norma para que éste prospere y en consecuencia se declara el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, por considerar que se encuentra extinguida la acción penal, de conformidad con lo previsto en el Artículo 318, ordinal 3º, en correspondencia con lo previsto en el Artículo 48 ordinal 5º ejusdem TERCERO: Cesa de .....