Decisión
El Juzgado Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, decide: Único: Declara improcedente la solicitud de revisión de medida privativa de libertad cursada por el abogado ARMANDO DE LA ROTTA, por cuanto las circunstancias que tomó en consideración ésta Juzgadora para decretarla para éste momento no han variado, de igual forma se deja constancia que pese a tratarse de un procedimiento Abreviado, la presente causa, no se ha remitido al Tribunal de Juicio que corresponda por distribución, en primer lugar porque el ya referido investigado de autos, revocó el nombramiento de sus antiguos defensores privados para hacer el nombramiento del Ciudadano Abogado Armando de la Rotta, y es obvio que no puede enviarse a la otra fase en estado de indefensión y en segundo lugar si la causa aún permanecía en ésta fase de Control para el momento de la solicitud de Revisión de Medida que hoy se está.....