PRIMERO: Decreta con lugar la Aprehensión en Situación de Flagrancia de los ciudadanos MARCO ALEXANDER ALFONSO PEREZ y MARJORIE CAROLINA VALERO CEGARRA, suficientemente identificados por la presunta comisión de los delitos de RESISTENCIA A LA AUTORIDAD y LESIONES PERSONALES DE CARÁCTER LEVISIMAS para el ciudadano MARCO ALEXANDER ALFONSO PEREZ, y para la ciudadana MARJORIE CAROLINA VALERO CEGARRA, la comisión del delito de RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previstos y sancionados en el encabezamiento del artículo 218 de la Ley Sustantiva Penal, en perjuicio del Orden Público, y en el artículo 417 Eiusdem, en perjuicio del ciudadano FAVIO ROLON RIVERA, todo de conformidad con lo pautado en el artículo 248 del COPP, y así se decide.
SEGUNDO: Se decreta con lugar la continuación de la Presente causa penal bajo las pautas del Procedimiento Ordinario, de conformidad con lo previsto en el artículo y 373 Eiusdem, acordando remitir las presentes actuaciones a la Fiscalía Primera del Ministerio .....