Por mérito de lo anterior, este Juzgado, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, decide: 1.- Autoriza al Ministerio Público para que prescinda totalmente del ejercicio de la acción penal en la presente causa, contra los imputados de autos; 2.- Cesan en su totalidad las medidas cautelares sustitutivas impuestas por el Juzgado de Control a los imputados en la presente causa, debiendo participarse mediante oficio tal cesación; 3.- Declara el sobreseimiento de las lesiones sufridas por los imputados de autos; 4.- Ordena la devolución del arma de fuego ocupada en la presente causa, al ciudadano Director General de la Policía del Estado Mérida Así se decide. Las partes presentes en la audiencia celebrada en esta misma fecha fueron debidamente notificadas de la presente. Cúmplase.