Este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Juicio No. 02, del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de ley, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Condena al Ciudadano GUILLERMO ARTURO ROJAS MONTILLA (identificado en autos), a cumplir la pena de UN (01) AÑO DE PRISIÓN, como autor voluntario y penalmente responsable del delito de ROBO LEVE (ARREBATON), previsto y sancionado en el artículo 456 primer aparte del Código Penal. SEGUNDO: Condena al Ciudadano GUILLERMO ARTURO ROJAS MONTILLA (ya identificado) a cumplir las penas accesorias previstas en el Artículo 16 del Código Penal: 1.- La Inhabilitación Política mientras dure la pena; y 2.- La sujeción a la vigilancia de la autoridad por una quinta parte del tiempo de la condena, desde que ésta termine. TERCERO: Se fija como fecha provisional para el vencimiento de la condena el día veinticuatro de noviembre de dos mil seis (24-11-2006). CUA.....