Este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Juicio No. 02, del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de ley, hace los siguientes pronunciamientos PRIMERO: Absuelve al Ciudadano ANDRÉS ELOY TORRES ÁRIAS (identificado en autos), por los delitos de Robo agravado de vehículo automotor, privación ilegítima de la libertad y lesiones personales agravadas; SEGUNDO: Condena al ciudadano ANDRÉS ELOY TORRES ÁRIAS a cumplir la pena de TRES AÑOS DE PRISIÓN como autor voluntario, penalmente responsable del delito de PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el Artículo 278 del Código Penal. La presente condena vence tentativamente el día 1° de agosto de 2008; TERCERO: Condena al ciudadano ANDRÉS ELOY TORRES ÁRIAS (ya identificado) a cumplir las penas accesorias previstas en el Artículo 16 del Código Penal: 1.- La Inhabilitación Política mientras dure la pena; y 2) La sujeción a la vigilancia de la.....