DISPOSITIVA.
Por todas las razones de hecho y de derecho anteriormente mencionadas y descritas, este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Juicio No. 03, del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, procediendo de conformidad con lo previsto en los artículos 13, 325, 430, 436 y 441 del Código Orgánico Procesal Penal, en armonía con los artículos 19, 21.1, 25, 44.5 y 49.2 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, declara: CON LUGAR la solicitud interpuesta en la presente causa por el ciudadano: abogado: FRANCISCO FERREIRA DE ABREU, procediendo en su carácter de Defensor Privado del acusado de autos, ciudadano: ROMEL ROODNEY AZCARATE CADENAS, titular de la cédula de identidad No. V-17.664.845, y en consecuencia, se Anula por Contrario Imperioel Auto de Fijación de la Audiencia de Juicio Oral y Público, dictado por este Tribunal de Juicio en fech.....