En consecuencia y por las razones antes señaladas este Tribunal de Juicio N° 3 del Estado Mérida, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la ley, aprueba a los ciudadanos JOSE PILAR MENDOZA, JOSE CASIMIRO LOBO IZARRA, EUGENIA GUILLEN y PEDRO ANTONIO GUILLEN, como fiadores responsables y solidarios en el cumplimiento de las obligaciones por parte de los imputados WLADIMIR ALEXIS LOBO y RONALD RAFAEL GUILLEN DUGARTE, respectivamente, y para efectos de se suscriba el acta correspondiente se acuerda fijar audiencia especial con los fiadores y encausados para el día Lunes 16 de Enero de 2005, a las diez horas de la mañana (10:00 a.m). Así se decide, notifíquese a las partes, a los fiadores, y ordénense las correspondientes boletas de traslado.
EL JUEZ DE JUICIO N° 3
ABG. NELSON J. TORREALBA A.
LA SECRETARIA
En fecha _______ se cumplió con lo ordenado bajo los Nros. ____________