DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho antes analizados, éste Juzgado de Primera Instancia en funciones de Juicio Unipersonal nro. 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, procede a dictar los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se ABSUELVE al acusado JESÚS RAFAEL MONSALVE OSUNA, antes identificado, por la comisión de los delitos de: ROBO AGRAVADO FRUSTRADO, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal vigente, en concordancia con lo establecido en el artículo 80 eiusdem; así como PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO, tipificado en el 277 de la norma sustantiva penal, que le atribuía la Fiscalía Segunda del Ministerio Público de ésta Circunscripción Judicial, por considerar éste Juzgador que las pruebas incorporadas durante el debate resultaron insuficientes para convencer más allá de toda duda razonable con respecto a la participació.....