Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, éste Juzgado de Primera Instancia en funciones de Juicio nro. 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, NIEGA LA REVOCATORIA DE LA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACIÓN DE LIBERTAD DE CAUCIÓN JURATORIA QUE VENIA DISFRUTANDO EL IMPUTADO FRANK ANDERSON MORALES LUNA, QUE FUERA SOLICITADA POR LA FISCAL TERCERA DEL MINISTERIO PÚBLICO; Abogado SONIA ZERPA BONILLO, QUIEN SOLICITÓ QUE EN SU LUGAR, SE LE DECRETARA UNA MEDIDA DE PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD Y SE ORDENARA SU CAPTURA, ello por no constatarse las circunstancias exigidas en los artículos 250, 251 y 262 del Código Orgánico Procesal Penal, fundamentándose la presente decisión en los artículos 263 y 264 ejusdem y 44, ordinal 1° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, ya que la incomparecencia del acusado a las dos (02) oportunidades en qu.....