DISPOSITIVA.
Este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Juicio No. 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo previsto en el Artículo 375 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el Artículo 253 de la Constitución de la República, DECRETA:------------------------------------------------------------------------------------------
Primero: Declara con lugar y admite el procedimiento especial por admisión de los hechos,de conformidad con lo establecido en el artículo 375 del Código Orgánico Procesal Penal y CONDENA al acusado: JHEAN CARLOS NAVA PEÑA, titular de la cédula de identidad N° V-20.829.145, por la comisión de los delitos de ROBO PROPIO,previsto y sancionado en el artículo 455 del Código Penal y LESIONES PERSONALES LEVISIMAS, previsto y sancionado en el artículo 417 Ejusdem, cometido en perjuicio de.....