Es decir, no existe ningún tipo de obstaculo legal o procesal para no homologar el desistimiento que del amparo constitucional intentado, formularon los accionantes de este proceso, bajo los términos expuestos, y en consecuencia no le queda otra alternativa a este Tribunal que darle plena eficacia a tal solicitud, y por consiguiente ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, se homologa el Desistimiento de la Acción de Amparo intentada por los ciudadanos JESUS ALBERTO MEZA, LEOPOLDO ZAMBRANO, CARLOS JAVIER GAVIDIA, NELSON ANTONIO MEZA y JOSE RAMON MARQUEZ MENDEZ, plenamente identificados en las actuaciones que conforman la presente causa, en contra del ciudadano JAIRO ENRIQUE SOTO, en su condición de Director de Seguridad Ciudadana del Estado Mérida, y como consecuencia de ello, se da por terminado este proceso con todos sus efectos legales, en este caso produciendo los mismos efectos de cosa juzgada de una decisión definitiva de amparo c.....