Por todos los razonamientos de hecho y de derecho antes analizados, éste Juzgado de Primera Instancia en funciones de Juicio Unipersonal nro. 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, procede a dictar los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: ABSUELVE al acusado ANGEL EDUARDO MONZANT ALVARADO, antes identificado, por la comisión de los delitos de: EXTORSIÓN y SIMULACIÓN DE HECHO PUNIBLE, previstos y sancionados en los artículos 459 y 239 del Código Penal vigente. SEGUNDO: ABSUELVE al acusado JEAN CARLOS DUGARTE RAMOS, antes identificado, por la comisión del delito de: EXTORSIÓN EN GRADO DE COMPLICIDAD, previsto y sancionado en el artículo 459 del Código Penal vigente, en concordancia con el artículo 84, numeral 3º ejusdem. TERCERO: Teniendo en cuenta que el presente fallo es ABSOLUTORIO, se acuerda la libertad plena de los ciudadanos ANGEL EDUARDO MONZANT y JEAN CARLOS DUGARTE R.....