El Tribunal observa que el acusado de Autos luego de escuchar la Acusación presentada en ésta Audiencia Oral por la ciudadana Fiscal 16° del Ministerio Público, Abogada: ANA YSABEL HERNANDEZ, y después de haber sido impuesto por el Tribunal de las Medidas Alternativas a la Prosecución del Proceso así como del Procedimiento Especial por Admisión de los Hechos, previsto expresamente en el artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal, y del Precepto Constitucional contemplado en el artículo 49 numeral 5° de la Constitución de la República, procedió de manera libre, voluntaria y espontánea a ADMITIR LOS HECHOS IMPUTADOS POR EL MINISTERIO PÚBLICO, aceptando formalmente su responsabilidad en los mismos en la comisión del Delito de TRANSPORTE ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el artículo 36 de la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, solicitando además que se le imponga la pena correspondiente al delito cometido con la .....