QUINTO: Teniendo en cuenta que el presente fallo es CONDENATORIO, conforme lo precisa el 3° aparte del Artículo 367 del Código Orgánico Procesal Penal en relación con el 267 Ejusdem, éste Tribunal de Control tomando en cuenta lo establecido por el Artículo 21 de la Constitución de la República que establece la igualdad de todas las personas ante la Ley, así como lo contenido en el Articulo 26 Ejusdem, que consagra la gratuidad de la Justicia, considera que en el presente caso No es procedente la Condenatoria en Costas. ----------------------------------------------------------------------------------
SEXTO: Por cuanto en el presente caso se incautó: Un (01) arma de fuego tipo escopeta, marca beretta, calibre 28, serial S- 3411 tal como se encuentra descrito en el respectivo formato de Cadena de Custodia, signado con el No. 205279, de fecha 07-03-2005, correspondiente al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Delegación Mérida, éste Tribunal de J.....