5. DISPOSITIVA
Tomando en consideración los argumentos antes expuestos, este Tribunal, de Juicio N° 5, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA:
PRIMERO: La inmediata libertad del ciudadano LUIS ENRIQUE ROJAS ROJAS, ya identificado, con fundamento en el artículo 44 ordinal 1° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en virtud de que el prenombrado ciudadano tiene derecho a ser juzgado en libertad, en concordancia con lo establecido en el artículo 9 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: Se ordena la remisión de las presentes actuaciones a la Corte de Apelaciones de este Circuito Judicial Penal, a fin de que el ciudadano LUIS ENRIQUE ROJAS ROJAS, sea impuesto de la decisión dictada en fecha 04/06/2002, y resuelva lo conducente.
Remítase con el oficio correspondiente.
LA JUEZA DE JUICIO N° 5
ABOG. LUCÍA MARKOVICH PARRA
LA SECRETARIA
ABOG. YENNY VILLAMIZAR
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