Cuarto
Dispositiva
Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Juicio N° 05 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
Primero: Concluye que se le conculcaron los derechos al ciudadano Jesús Leandro Ramírez Lacruz, como lo es la tutela judicial efectiva y el debido proceso, consagrados en los artículos 26 y 49 Constitucional, debido a la ausencia del acto formal de imputación, por parte del Ministerio Público como atribución indelegable y requisito indispensable, para poder presentar el acto conclusivo que tenga a bien.
Segundo: Decreta con respecto al ciudadano Jesús Leandro Ramírez Lacruz, la nulidad del escrito acusatorio, (folios 582 al 618), de fecha 03-03-2007, así como el auto de apertura a juicio (folios 1304 al 1319), de fecha 05-10-2007 y los actos subsiguientes que se derivaron de tal auto de apertura a juicio, de con.....