QUINTO: En lo que respecta al Arma de Fuego, la cual se encuentra en la Sala de Objetos Recuperados, según consta en la planilla N° 205943, de fecha 07-08-2005, TIPO REVÓLVER, CALIBRE N° 32 MM, SIN MARCA APARENTE, CROMADO CON EMPUÑADURA DE MADERA COLOR MARRÓN, SERIAL DE TAMBOR 103352, CON SEIS PROYECTILES DEL MISMO CALIBRE SIN PERCUTIR, ARMA DE FABRICACIÓN CASERA ELABORADA EN MATERIAL SINTÉTICO DE COLOR NEGRO Y DORADO, CON UN PROYECTIL CALIBRE 38 MM, SIN PERCUTIR que dio origen a la presente causa, se acuerda la remisión e incautación de la misma al Parque Legal de Armas de la República, una vez que quede firme la presente sentencia definitiva.
SEXTO: Por cuanto éste Tribunal de Juicio observa que el acusado de autos, ciudadano: JULIO ANDERSON LOBO MARQUEZ, arriba identificado, se encuentran actualmente en libertad, bajo una Medida Cautelar impuesta de conformidad con lo previsto en el artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, por parte del Tribunal de Control N° 04, se .....