"(...) DECISIÓN
Por las razones de hecho y de derecho anteriormente consideradas, este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Juicio Nº 05 del Circuito Judicial Penal del estado Bolivariano de Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Vista la manifestación libre y voluntaria expuesta por el ciudadano EXARIO DE JESÚS MORILLO ALPURIA, supra identificado, en fecha 09-02-2004, en la oportunidad en que se celebró audiencia de juicio oral y público a fin de acogerse a la fórmula alternativa de la prosecución del proceso, específicamente la suspensión condicional del proceso, este Tribunal lo CONDENA, a cumplir la pena de DIEZ (10) MESES DE PRISIÓN, más las accesorias de ley prevista en el artículo 16 del Código Penal, específicamente la inhabilitación política durante el tiempo de la condena, como autor material y responsable de la comisión del delito de HURTO GÉN.....