Decisión
Por las fundadas razones anteriormente expuestas, éste Tribunal de Primera Instancia en funciones de Ejecución N° 01 del Circuito Judicial Penal del estado Mérida, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, hace el siguiente pronunciamiento: ÚNICO: Acuerda la fórmula de cumplimiento de pena de Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena, solicitada por el penado Edisón Manuel Beltre Hernández, por reunir todos los requisitos exigidos por la Ley para su otorgamiento, el cual deberá cumplir hasta el día que concluya la totalidad de la pena que le fuera impuesta; estableciéndose como régimen de prueba, el mismo tiempo que le falta de cumplimiento de la pena impuesta, es decir, por un lapso de un (01) año, cinco (05) meses y veintiocho (28) días, en el entendido, que dicho lapso comenzará a correr a partir de la fecha en que comparezca ante éste Tribunal, a darse por notificado de la presente decisión y suscriba .....