Por todo lo anteriormente señalado, éste Juzgado de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución Nro. 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA EXTINGUIDA LA TOTALIDAD DE LA PENA IMPUESTA AL PENADO JULIO CESAR DIAZ PEÑA, quien es de nacionalidad Venezolana, mayor de edad, soltero, estudiante, nacido el 08-10-65, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-9.475.407, con motivo a que desde la fecha en la que cumplió la totalidad de la pena principal (23-7-2.003) hasta el día de hoy ha transcurrido un lapso de tiempo muy superior al de SEIS (06) MESES y DOCE (12) DÍAS; que le correspondía como régimen de presentaciones por una quinta (1/5) parte del tiempo de la condena, sin que en todo ese tiempo hubiese sido impuesto de la pena accesoria de sujeción a la vigilancia de la autoridad, por lo que se procede a dar por cumplida la totalidad de la pena impuesta, tanto e.....