Por las razones anteriormente esgrimidas, éste Juzgado de Primera Instancia en Funciones de Ejecución Nro. 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, conforme a lo establecido en los artículos 479, Ordinal 1° y 493 del actual Código Orgánico Procesal Penal, acuerda el beneficio de Suspensión Condicional de la Ejecución De La Pena a favor del penado Aris Geizel Paredes Rincón, quien es de nacionalidad venezolana, de 31 de edad, titular de la cédula de identidad N° 13.099.429, residenciado en La Milagrosa, Pasaje Primero de Mayo, casa N° 2-57, Mérida, Estado Mérida, quien se encuentra actualmente en privado de libertad en el Centro Penitenciario de la Región Andina, estableciéndose como régimen de prueba, el mismo tiempo que le falta de cumplimiento de la pena impuesta, es decir, dos (02) años, seis (06) meses y diecinueve (19) días, pena ésta que culminará el siete de febrero de .....