este TRIBUNAL DEL PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL NUMERO UNO, DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MÈRIDA EXTENSIÒN EL VIGIA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA:
UNICO: CON LUGAR la solicitud formulada por la defensa con fundamento al artículo 264 adjetivo y en consecuencia, revisa y amplia la medida cautelar sustitutiva a la de privación preventiva de libertad e impone una presentación cada cuarenta y cinco (45) días por ante el cuerpo de alguacilazgo del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida extensión El Vigía, al imputado de autos Reinaldo José Ramírez Ramírez, portador de la cédula de identidad número 3.939.509, ASI SE DECIDE, CÙMPLASE.
Publíquese, diarícese y notifíquese a las partes.
El Juez de Control Número
Abogado Raúl Eduardo Useche Pernía
La Secretaria.
Abogada Milagro Aranda Vivas.
En fecha______________, se cumplió con lo acordado en la decisión. Boleta No._________.....