Por todos los razonamientos antes expuestos, éste Juzgado de Primera Instancia en funciones de Control nro. 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Acuerda: EL TRASLADO DEL IMPUTADO RICHARD ALEXANDER UZCATEGUI MALDONADO, A LA COMANDANCIA GENERAL DE LA POLICÍA DEL ESTADO MÉRIDA, LUGAR DONDE PERMANECERA RECLUIDO, en cumplimiento de la medida de privación judicial preventiva de la libertad que le fuere impuesta, a objeto de salvaguardar su integridad física, su vida y derechos humanos, en un todo de conformidad con lo pautado en los artículos 250 y 282 del Código Orgánico Procesal Penal y 22, 26, 30, 43, 46 y 51 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Y ASI SE DECIDE.