DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas este JUZGADO DE CONTROL N° 01 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MÉRIDA, EXTENSIÓN EL VIGÍA, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY hace los siguientes pronunciamientos: _______________________________________
PRIMERO: Declara la Nulidad absoluta de la acusación interpuesta, así como los actos subsiguientes hasta la audiencia preliminar; de manera que los actos anteriores a la presentación del escrito acusatorio al Tribunal aquí anulado, mantienen toda su vigencia y validez. _________________________________
SEGUNDO: Se ordena la Reposición de la causa a la etapa de investigación para que el Ministerio Publico, proceda a celebrar el acto de imputación formal, cumpliendo con lo dispuesto en los artículos 125 (numerales 1 y 5), 130 y 131 de la Norma Adjetiva penal, en el lapso perentorio de Treinta (30) días contados a partir de la presente decisión, lapso dentro del cual l.....