Por las razones antes expuestas, este Juzgado de Control N° 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, extensión el Vigía, Administrando Justicia, en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley hace los siguientes pronunciamientos:_____________________________________________________
PRIMERO: Declara la Nulidad absoluta de la acusación interpuesta, por la fiscalía Séptima del Ministerio Publico en fecha 20/10/2008, así como los actos subsiguientes hasta la audiencia preliminar a tenor de lo pautado en los artículos 190, 191, y 196 de la norma adjetiva penal (Dejándose a salvo la decisión de cambio de lugar de reclusión del imputado, dictada por este Tribunal); por cuanto al imputado de autos, se le violentó el derecho a obtener oportuna respuesta, sobre la diligencia de investigación peticionada, siendo que no consta en la causa que el ministerio publico como director de la investigación, haya admitido o rechazado de manera motivada tal dilig.....