Por las razones tanto de hecho como de derecho precedentemente expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Control Penal del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida Extensión El Vigía, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR, la solicitud formulada por la ciudadana MAGALY ARAQUE DE FAJARDO, venezolana, mayor de edad, abogada, portadora de la cédula de identidad número 4.330.007, inscrita por ante el INPREABOGADO, bajo el número 14.159, actuando en nombre y representación del ciudadano AMILCAR DE JESUS PUERTAS LUZARDO, venezolano, mayor de edad, soltero, portador de la cédula de identidad número 4.330.007, domiciliado en la población de El Vigía del estado Mérida, del vehiculo cuyas características son las siguientes: MARCA FORD, MODELO FUSIÓN, COLOR NEGRO, SERIAL DE CARROCERIA 3FAHPO8117R257129, SERIAL DEL MOTOR 7R257129, CLASE AUTOMOVIL, TIPO SEDAN, USO PARTICULAR, A.....