DECISIÓN.
Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas ESTE TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MÉRIDA, EXTENSIÓN EL VIGÍA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA:
PRIMERO. Suspender condicionalmente el presente proceso a favor del acusado Jesús David Díaz Vargas, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad 20.048.547, soltero, mayor de edad, agricultor, residenciado en la calle José Félix Rivas, casa12, Municipio Julio Cesar Salinas, estado Mérida, cerca del Liceo Roberto Picon Lares, por la presunta comisión de los delitos de Violencia Física, previsto y sancionado en los artículos 42 de La Ley Orgánica Sobre El derecho de las Mujeres a Una Vida Libre de Violencia en armonía con lo establecido en el numeral 4 del articulo 15 de la precitada Ley, y por la presunta comisión del delito de Lesiones Personales Leves, previst.....