En consecuencia este tribunal en Nombre de la República por Autoridad de la Ley, en atención a lo dispuesto en el articulo 248 del Código Orgánico Procesal Penal, decide: Primero: declara sin lugar la solicitud de Calificación de Aprehensión en Flagrancia, incoada por la representación fiscal. Segundo: Se niega la solicitud de medida cautelar y se ordena la libertad plena de los ciudadanos plenamente identificados. Líbrese boleta de libertad. Tercero: se decreta el sobreseimiento definitivo de la causa a favor de los ciudadanos CRISTOFER CONTRERAS MOLINA, JUNIOR JOSE ZAMBRANO MOLINA, DAYAN GARCIA RIVERO, JEAN CARLOS PEÑA VALENCIA y RUBEN DE JESÚS VALDERRAMA, plenamente identificados, de conformidad con lo establecido en el artículo 318 numeral 2 del Código Orgánico Procesal Penal. Las Partes quedaron notificadas de la presente decisión en la audiencia. Remítase en la oportunidad legal al archivo judicial a los fines de su guarda y custodia. Diarícese, déjese copia certificada. Regístr.....