Con fundamento a lo antes indicado, éste Juzgado de Primera Instancia en funciones de Control nro. 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión el Vigía, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, acuerda SUSPENSION CONDICIONAL DEL PROCESO, en la causa que se le sigue al ciudadano LUIS RAFAEL APARICIO SAVEDRA, por los delitos de AMENAZA Y VIOLENCIA FISICA previsto y sancionado en los artículo 41 parágrafo 3° Y 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de las ciudadanas SANDRA MILENA DOMÍNGUEZ LÓPEZ Y YOLISBETH CAROLINA APARICIO DOMÍNGUEZ, antes identificadas, fijándole un plazo de RÉGIMEN DE PRUEBA DE UN (01) AÑO , contados a partir del día de hoy, debiendo el acusado cumplir las siguientes condiciones: 1- El acusado de autos deberá abstenerse a no agredir ni física ni verbalmente a las victimas de autos ciudadanas Sandra Milena Domínguez López y la adolesc.....