Por lo antes expuesto, y a solicitud de la Defensa, este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL N° 01 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MERIDA, EXTENSION EL VIGIA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, ACUERDA: Oficiar al Director de la Consultoría Jurídica Nacional del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, sede Central Caracas, a los fines de que el ciudadano EDGAR ENRIQUE DUARTE, venezolano, mayor de edad, nacido en fecha 31 de marzo de mil novecientos setenta y cuatro (31-03-74,) de 29 años de edad, de profesión u oficio albañil, titular de la cédula de identidad N° V-13.677.529, residenciado en el Sector Caño Seco II, Calle 8, casa N° 31,El Vigía, Municipio Alberto Adriani del Estado Mérida, sea DESINCORPORADO del Sistema Computarizado de Información Policial (SIPOL) que lleva ese Organismo, por los delitos de de HOMICIDIO INTENCIONAL SIMPLE CON LAS AGRAVANTES.....