Por las razones que anteceden, este Juzgado de Primera Instancia Penal en Funciones de Control Nº 03 del CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MERIDA, EXTENSION EL VIGIA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY Acuerda, la no admisión de la fiadora ANGELA LUISA RODRIGUEZ PEROZO, en favor del imputado DANIS ANTONIO CHAVEZ RINCON, conforme lo pauta el artículo 258 del Código Orgánico Procesal Penal. Déjese copia y notifíquese a las partes-----------------------------
El Juez,
AB. WALTER J. GONZALEZ G.-
El Secretario (a),
Se libraron Notificaciones números: ____________________________.-
Sria.