Por tales motivos considera el Juzgador, que está ajustado a derecho declarar, Con Lugar el pedimento hecho por las ciudadanas Fiscales del Ministerio Público, en el sentido de otorgar el Sobreseimiento en la presente causa, en consecuencia, ESTE TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL N° 03, DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MERIDA, EXTENSION EL VIGIA ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECRETA EL archivo de las presentes actuaciones, al considerar que el Ministerio Público, no formalizó un acto conclusivo en el plazo que el Tribunal fijó a favor de los investigados de autos, lo cual conforta los efectos jurídicos del articulo 314 del Código Organico Procesal Penal. Notifíquese a las partes. Una vez que se encuentre firme la presente decisión, se acuerda remitir la misma a la fiscalía que corresponda.- PUBLIQUESE Y DEJESE COPIA.-----------------------------------------
DADA SELLADA, FIRMADA .....