Por lo antes expuesto este Tribunal de Control N° 07 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida Extensión El Vigía, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, resuelve, Primero: Estima acreditado por las actuaciones que de aquí se desprenden presentadas por la Fiscalia Séptima del Ministerio Público, que se considera la aprehensión como flagrante de conformidad con los artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal, del ciudadano: Deivy Segundo Luzardo Andrade, venezolano, titular de la cedula de identidad Nº 18.499.199, de 24 años de edad, nacido en fecha 19-03-1986, natural de El Vigía, profesión u oficio: Latonero y pintor, con segundo año de bachillerato aprobado, hijo de Adelina Andrade (v), Y Nicolas Luzardo ( V), residenciado en El Sector La Pedregosa Barrio San Marcos, avenida 1 entre calles 8 y 9, no recuerdo número de residencia, El Vigía Del Estado Mérida, teléfono 0275-4002040 y 0416-3083915; por la presunta .....