DISPOSITIVA
Por las razones expuestas, este Tribunal de Primera Instancia Penal en Funciones de Control N° 5 Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, de conformidad con el artículo 318 numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el Artículo 48 numeral 8vo Ejusdem y Artículo 108 Ordinal 5° del Código Penal, en la causa seguida a PERSONA DESCONOCIDA; por la comisión del delito de HURTO SIMPLE previsto y sancionado en el artículo 453 del Código Penal; en perjuicio de la ciudadana MAYULI NAYARITH MARTÍNEZ MONSALVI, titular de la cédula de identidad N° 13.020.463, residenciada en Caño Seco III, vereda 54, casa N° 10, El Vigía, Estado Mérida y FUNDEM, El Vigía, ubicada en la Urb. Las Acacias, final de la avenida Bolívar, El Vigía, Estado Mérida. Notifíquese a la Fiscalía del Ministerio Público de la presente decisión. En cuanto a.....