ESTE JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL N° 05 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MERIDA, EXTENSION EL VIGIA ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, declara procedente la solicitud, decretando la Suspensión Condicional del Proceso, al acusado: JAIME DE JESUS MARQUEZ GARCIA, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 14.299.957, natural Tucani, nacido en fecha 17-10-1972, de 35 años de edad, soltero, profesión u oficio Quesero, estudió hasta el sexto grado de educación básica, hijo de Juan Márquez (V) y Marcelina García (v), domiciliado en Las Invasiones Arenosa Bolivariana, vía vista hermosa, calle 07, casa 0-20 El Vigía , Municipio Alberto Adriani del Estado Mérida, teléfono 0414-3702715; por los hechos antes señalados en sus características de tiempo modo y lugar antes expuestos, los cuales califican el delito de VOLENCIA FÍSICA, previsto y sancionado en el artículo 42 de la Ley Orgánica.....