Acuerda: PRIMERO: Se declara CON LUGAR la solicitud de Calificación de Flagrancia de conformidad con el Artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Se Impone al Imputado LUIS CARLOS AYALA VILLADIEGO, de veintidós años de edad, residenciado en el sector Guayana, cuadra N° 04, al frente de la Plaza, Caja Seca, Estado Zulia, hijo de Carmen Villadiego (v) y de Carlos Enrique Ayala (v), obrero-ordeñador, nacido en fecha 21-01-82, la Medida Cautelar Sustitutiva de la Privación Judicial Preventiva de Libertad prevista en el Artículo 256 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal, es decir, la presentación periódica cada quince (15) días contados a partir de la presente fecha. TERCERO: Se autoriza para que la presente causa se siga por el Procedimiento Ordinario conforme a la Artículo 280 y siguientes del Código Orgánico Procesal Penal. CUARTO: Se SUSPENDE el presente proceso hasta la reparación efectiva del referido ofrecimiento el cual tendrá lugar el día 25-05-04, a las 9:.....